Desde Concurso Pymes queremos aportar un poco de luz a aquellos empresarios que se ven abocados a cerrar sus negocios. El concurso de acreedores exprés es, para pymes y autónomos, la herramienta que contempla la Ley Concursal para aquellas empresas que necesitan cesar su actividad por causas externas y no tienen fondos para poder hacer frente a sus deudas. Es decir, que se encuentran es situación de insolvencia inminente e irreversible por causas externas. El paso más importante es la presentación de la solicitud de inicio del concurso por un abogado especializado.
La Ley Concursal, RDL 1/2020, de 5 de mayo, obliga a solicitar un concurso de acreedores por parte del deudor en los dos meses siguientes a conocer su estado de insolvencia. Con la aprobación del texto refundido de la Ley Concursal, se amplía el plazo de solicitud hasta el 31 de diciembre de 2020, siempre que la situación de insolvencia hubiese sucedido durante el Estado de Alarma.
¿Porqué acogerse a un concurso de acreedores exprés?
Lamentablemente, son muchas las empresas que no han podido sobrevivir al gran golpe que ha supuesto el Covid-19. Pequeñas empresas familiares y comercios que dependen del comercio local, por ejemplo. O nuevas empresas que han conseguido abrirse un hueco en el mercado. Empresas que se endeudaron para crecer o para poder subsanar un bache. Y un largo etcétera.
Todas ellas tienen en común que carecen de fondos suficientes como para permanecer cerradas tanto tiempo o sufrir un descenso de la facturación tan grande.
Son muchos los ejemplos de problemas económicos graves que han sufrido los empresarios a raíz de esta pandemia. A muchos de ellos, esta gran parada los ha llevado a un estado de insolvencia que les impide poder hacer frente a sus deudas y les aboca a tener que cerrar el negocio.
Ahora bien, esta insolvencia no ha sido producida por una mala gestión por parte del administrador de la empresa. Esta insolvencia ha sido producida por causas externas como, por ejemplo: el estado de alarma en el que se impedía la abertura de ciertos negocios y empresas de diferentes sectores. Otro factor externo sería el impago por parte de clientes de la empresa. Es decir, la insolvencia ha sido propiciada por una situación que el administrador de la empresa no podía controlar, ni eludir, ni subsanar. Por tanto, el administrador de la empresa no es responsable de la insolvencia en la que se encuentra la empresa.
A diferencia del concurso de acreedores ordinario, el concurso de acreedores exprés permite, de manera inminente, la liquidación de la empresa y el cese de su actividad, sin responsabilizar al administrador o empresario de la insolvencia. Se trata de un procedimiento mucho más rápido y económico, tanto para la empresa como para sus acreedores.
Requisitos que debe cumplir, para acogerse a un concurso de acreedores exprés, una pyme
- La empresa debe encontrarse en situación de insolvencia, que le aboque al cierre.
- Debe carecer de bienes o, si los tuviera, que el valor de liquidación sea insuficiente para hacer frente a las deudas.
- La empresa debe carecer de activos a liquidar, que tengan valor suficiente como para continuar su actividad empresarial.
- Debe actuar de buena fe.
- Se debe acreditar que el administrador no es responsable de la insolvencia que ha generado.
Diferencias con un concurso de acreedores ordinario
- En un concurso de acreedores exprés, no hay nombramiento de un administrador concursal. De manera que, una vez examinada la documentación adjunta con la solicitud, el Juez dictamina un Auto de Conclusión. Por tanto, se evitan las fases de convenio.
- Se omite la fase calificación del concurso, puesto que no hay responsabilidades atribuibles al deudor.
- En el mismo Auto de Conclusión siempre se liquida y extingue de manera inmediata la empresa.
Beneficios del concurso de acreedores exprés en pymes
- Al evitar la apertura del procedimiento concursal ordinario y el nombramiento de un administrador concursal, el concurso de acreedores exprés es el proceso más rápido y económico para liquidar una empresa.
- No responsabiliza al administrador de la empresa del estado de insolvencia, por tanto, queda libre de culpa y cargas.
- Evita que las deudas de la empresa puedan derivar concursalmente al administrador.
- En cuanto a los acreedores, se paralizan las ejecuciones individuales existentes o nuevas por las deudas. Es decir, evita el inicio o trascurso de procesos judiciales por parte de acreedores para reclamar el cobro de la deuda.
En Concurso Pymes estudiamos cada caso detalladamente y buscamos la solución jurídica a medida. Como abogados de pymes en situación de insolvencia y quiebra, somos especialistas en concurso de acreedores, concurso de acreedores exprés y Ley de la Segunda Oportunidad. Asesoramos y defendemos concursos de acreedores ordinarios y exprés en Barcelona y Madrid. No dude en ponerse en contacto con nosotros.
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