Siguiendo la línea del artículo anterior donde hablábamos de los tipos de concursos de acreedores, ahora vamos a profundizar un poco más. Veremos las diferencias entre un concurso voluntario y necesario.
La primera diferencia y la que define los dos tipos de concurso de acreedores es el origen del concurso y quien lo solicita. Un concurso de acreedores voluntario es aquel que es presentado por el deudor (persona física o jurídica) cuando éste se encuentra en situación de insolvencia actual o inmediata (predecible a corto plazo). Sin embargo, un concurso necesario es el que solicitan sus acreedores y no puede ser solicitado por el deudor. Para presentar un concurso necesario la insolvencia debe ser actual.
Diferencias entre concurso voluntario y necesario
La Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio, establece:
Plazo para solicitar el concurso de acreedores
- En el caso de un concurso voluntario, el plazo es de dos meses desde que hay constancia de la situación de insolvencia. Es decir, la ley obliga al deudor a notificar y declarar su insolvencia, ya sea actual o inminente, en dos meses desde que se es conocedor. Excepcionalmente, tal y como especifica el texto refundido de la Ley Concursal, aprobado en Estado de Alarma, se permite aplazar la solicitud del concurso de acreedores hasta el día 31 de diciembre de 2020, siempre que se encuentre en insolvencia cuando concluya el Estado de Alarma.
- En el caso de un concurso necesario, no se establece plazo de solicitud, puesto que son los acreedores y avalistas los que lo solicitan. Pero, para solicitar un concurso necesario, se debe acreditar y justificar con hechos el estado de insolvencia del deudor.
Facultades que posee el deudor en cuanto a la administración y disposición de su patrimonio
- En un concurso voluntario es el administrador concursal o el juez quien autoriza y participa en la administración y gestión del patrimonio. Es decir, el deudor mantiene la facultad de gestionar y administrar de su patrimonio, pero siempre bajo la intervención de la administración concursal.
- Si el concurso es necesario, es el administrador concursal quien gestiona y administra el patrimonio del deudor.
La ley contempla la posibilidad de que el juez mercantil modifique las competencias del administrador concursal y del deudor en cuanto a la administración y patrimonio.
Requisitos para solicitar un concurso necesario
En el caso de un concurso necesario, la solicitud del concurso debe basarse en el incumplimiento generalizado de las obligaciones del deudor. Se tiene que demostrar:
- Sobreseimiento en el pago, es decir, incumplimiento de la obligación del pago por parte del deudor.
- Impago de cuotas a la Seguridad Social, de las obligaciones tributarias y de salarios en los últimos tres meses.
- Ejecución o embargos al patrimonio o del pasivo del deudor.
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