Ley de la Segunda Oportunidad para autónomos y pymes

Hasta el pasado año 2015, los emprendedores no podían solicitar la exoneración de sus deudas, en el caso de que las circunstancias de sus negocios los llevasen a la insolvencia. Hasta entonces, tenían la obligación de garantizar el pago de sus deudas con su patrimonio. La Ley de la Segunda Oportunidad, de 28 de julio (Ley 25/2015), brinda la oportunidad a los autónomos y pequeños empresarios de llegar a un acuerdo con los acreedores y librarse de sus deudas.

Ley de la Segunda Oportunidad

Desgraciadamente, los impagos por parte de los proveedores, cambios en el sector o circunstancias desfavorables han llevado a pequeñas empresas y autónomos hacia una situación extrema. Se encuentran en un estado de insolvencia, en el que no pueden hace frente a sus gastos. Esta ley regula los mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

¿Qué requisitos se deben cumplir para poder acogerse a esta ley?

  • En primer lugar, el deudor debe intentar llegar a un acuerdo con sus acreedores. Este acuerdo se denomina acuerdo extrajudicial. En dicho acuerdo, debe figurar la compensación por parte del deudor a sus acreedores. Esta compensación puede ser:
      • Con la entrega de los bienes que no sean necesarios para que el deudor pueda ejercer su actividad laboral o,
      • En su defecto, el deudor puede otorgar acciones de su empresa.
  • Además, el deudor tiene la obligación de proponer un plan de viabilidad y un calendario de pagos para afrontar las deudas contraídas con sus acreedores, en un plazo inferior a los 10 años.
  • Pese a ser un acuerdo extrajudicial, todo el proceso debe estar tutelado por un juez.

El deudor podrá solicitar la asesoría y ayuda de un mediador concursal. El mediador concursal es el abogado autorizado y es quien actúa como un interlocutor en el proceso del acuerdo extrajudicial, manteniendo la comunicación constante con los acreedores y con el deudor.

Este proceso tiene una duración aproximada de dos meses. Si el acuerdo no ha sido fructífero y han sucedido dos meses desde el inicio de la negociación, el deudor, junto con el mediador concursal, podrá presentar al juzgado un concurso de acreedores voluntario. La recomendación que lo haga siempre con un abogado especializado, evitará cualquier tipo de sorpresas.

¿El deudor se libera de todas sus deudas?

La Ley de la Segunda Oportunidad, libera al deudor de las deudas privadas, tales como las deudas contraídas con entidades financieras, proveedores, etc. Pero seguirá manteniendo las deudas contraídas con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria, así como la manutención alimenticia de sus hijos en caso de estar el deudor divorciado. Es decir, esta ley exonera de todas las deudas, excepto los “créditos de derecho público y los créditos por alimentos”.

Si necesita más información o quiere exponernos su caso para que encontremos las posibles soluciones, póngase en contacto con nosotros sin ningún compromiso. Concurso Pymes somos un gabinete de abogados para pymes en España con amplia experiencia en concursos de acreedores. Siendo Barcelona y Madrid nuestras principales áreas de trabajo.

 

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